Aunque el trabajo hasta ahora realizado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia es loable, aún queda mucho por mejorar e implementar en cuanto a la estimación de la duración de las testificaciones. El siguiente trabajo investigativo presenta en detalle criterios que permiten identificar modelos y experiencias en algunos países del mundo.
Medellín, Abril de 2014
Introducción
El siguiente estudio bibliográfico sintetiza los criterios seguidos por tres organismos de acreditación americanos para estimar la duración de las testificaciones desarrolladas en los procesos de acreditación de los organismos de inspección (ISO/IEC 17020). Finaliza con algunas conclusiones generales que los autores plantean luego de examinar los documentos citados en la bibliografía y su propia experiencia en el proceso de acreditación del Organismo de Inspección de Instalaciones Eléctricas de Geiico.
Para comenzar es necesario reseñar algunos criterios seguidos por los organismos de acreditación: ONA de Paraguay, ECA de Costa Rica y EMA de México, lo que permite determinar la duración de las testificaciones en los procesos de acreditación de organismos de inspección (ISO/IEC 17020). Los tres organismos mencionados son signatarios del Acuerdo de Reconocimiento Multilateral –MLA– de la InterAmerican Accreditation Cooperation – IACC – para el programa de acreditación de Organismos de Inspección (ISO/IEC 17020). De esta manera, el estudio inicia con una descripción de la IAAC, las categorías de sus miembros existentes y la mención de organizaciones colombianas vinculadas. Posteriormente, se describe el MLA de la IAAC, resaltando las condiciones para ingresar al MLA, las cuales pueden resumirse en homogeneidad en los procedimientos y las actuaciones de los organismos de acreditación. Además se indican los MLA en los que el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, ONAC, es signatario, se continúa con la reseña de los criterios seguidos por los tres organismos de acreditación mencionados anteriormente. Por último los autores plantean algunas conclusiones generales que pueden servir de insumo para futuros trabajos que propendan por el mejoramiento de nuestro Subsistema Nacional de la Calidad y el establecimiento de criterios objetivos para la determinación duración de las testificaciones en los Organismos Evaluadores de la Conformidad, OEC.
IAAC
En este apartado se describe la IAAC, las categorías de miembros existentes en la IAAC y se mencionan las organizaciones colombianas vinculadas. De lo aquí descrito se concluye la importancia que este organismo tiene para la acreditación y para el comercio internacional.
La IAAC, InterAmerican Accreditation Cooperation, es una asociación de organismos de acreditación de América y de otras organizaciones interesadas en la evaluación de la conformidad. Su misión es promover la cooperación entre los organismos de acreditación y las partes interesadas en América, enfocada al desarrollo de las estructuras de evaluación de la conformidad para lograr el mejoramiento de productos, procesos y servicios.
Los miembros plenos de la IAAC acreditan organismos de certificación, organismos de inspección, laboratorios de pruebas, y laboratorios de calibración, así como otras organizaciones involucradas en normas y evaluación de la conformidad. A la fecha, la IAAC tiene un total de 23 miembros plenos, 6 miembros asociados, y 15 miembros de partes interesadas de 23 países de América.
El artículo 4.1 de los estatutos de la IAAC define tres categorías de miembros: Plenos, Asociados y Partes Interesadas.
Miembros Plenos: Todos los organismos de acreditación de tercera parte establecidos legalmente y que operan en las naciones o bloques de naciones de América, que declaren en su solicitud de membresía que están comprometidos a operar de acuerdo con los requisitos de las normas y guías de ISO/IEC y documentos internacionales de IAF e ILAC.
Miembros Asociados: Organismos de acreditación establecidos en las naciones de América que aún no operan de acuerdo a las normas y guías de ISO/IEC y documentos internacionales de IAF e ILAC; Organizaciones relevantes en las naciones o bloques de naciones de América que no tienen un organismo de acreditación establecido u Otras organizaciones internacionales, regionales y nacionales interesadas en la evaluación de conformidad que no estén comprendidas en la categoría de miembros de partes interesadas.
Miembros de Partes Interesadas: Organismos de certificación, organismos de inspección y laboratorios de ensayo y de calibración acreditados o en proceso de acreditación por miembros plenos de la IAAC, Organismo Empresariales u Otros usuarios de los servicios de evaluación de la conformidad en la región.
El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, ONAC, es miembro pleno de la IAAC. La Asociación Nacional de Organismos de Evaluación de la Conformidad. ASOSEC, y el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC son miembros de partes interesadas de la IAAC.
MLA de la IAAC
En esta sección se resalta la importancia de los MLA para facilitar el comercio internacional de bienes y productos de calidad.
El Acuerdo de Reconocimiento Multilateral – MLA – de la IAAC es un acuerdo entre organismos de acreditación mediante el cual reconocen las acreditaciones emitidas por cada cual. Dicho sistema de reconocimiento mutuo de acreditaciones está basado en la adecuada operación de los sistemas de acreditación de los organismos que forman parte del acuerdo. Para poder establecer y mantener un MLA, se requiere de un programa para obtener y conservar la confianza mutua entre los organismos que son signatarios del MLA de la IAAC.
Para ingresar a los MLA de la IAAC se requiere ser miembro pleno, cumplir los términos y condiciones del MLA, y demostrar, mediante evaluaciones y testificaciones, lo siguiente:
a) Conformidad con las guías pertinentes de ISO/IEC y los documentos guía relacionados de IAF o ILAC;
b) Conformidad de todos los organismos acreditados con las guías relevantes de ISO/IEC;
c) Completar por lo menos un proceso de acreditación en cada uno de los programas de acreditación para los que aplique.
d) Disponibilidad de suficiente evidencia para demostrar que el organismo solicitante ha implementado una revisión de la dirección y una auditoría interna, que son efectivas y que serán mantenidas.
El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, ONAC es signatario del MLA de la IAAC para los programa de acreditación de Laboratorios de Ensayos (ISO/IEC 17025) y Laboratorios de Calibración (ISO/IEC 17025).
Los signatarios del MLA de la IAAC para el programa de acreditación de Organismos de Inspección (ISO/IEC 17020) son: Organismo Argentino de Acreditación, OAA, Coordenação Geral de Acreditação, Cgcre, Ente Costarricense de Acreditación, ECA, Organismo de Acreditación Ecuatoriano, OAE, Oficina Guatemalteca de Acreditación, OGA, Entidad Mexicana de Acreditación a.c., EMA, Organismo Nacional de Acreditación, ONA, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual – Servicio Nacional de Acreditación, INDECOPI-SNA, American Association for Laboratory Accreditation, A2LA, y ANSI-ASQ National Accreditation Board, LLC.
Estimación de la Duración de las Testificaciones
A continuación se presenta una breve reseña a los documentos de tres organismos de acreditación americanos, signatarios del MLA para el programa de acreditación de Organismos de Inspección (ISO/IEC 17020), que define criterios para determinar la duración de las testificaciones en los procesos de acreditación de dichos organismos de inspección.
I. Organismo Nacional de Acreditación, ONA. Paraguay
El numeral 9.7.2 del Reglamento General de Acreditación, RG001, Revisión 06, plantea entre otros:
a) “Se debe realizar un muestreo de los procesos de certificación de los organismos para verificar la integridad de los mismos”.
b) “Con el objetivo de verificar el desempeño y la competencia técnica del equipo de inspección del OEC y la implementación de los Reglamentos/procedimientos de inspección, el Equipo evaluador del ONA, evaluará la actividad desarrollada por el organismo de inspección en el acompañamiento de una o más inspecciones.”
c) “La cantidad de testificación tanto de los locales como del personal técnico inspector debe ser planificada por el evaluador líder conforme a lo establecido en el PRO045 Evaluación de la competencia Técnica del personal técnico del OI/OCP. “
II. Ente Costarricense de Acreditación, ECA. Costa Rica
Respecto al plan de evaluación y la agenda de evaluación la nota 2 del numeral 8.8 del documento ECA-MC-P13, Ejecución de la Evaluación, Versión 06, dice:
En los numerales 3.1, 3.2, 3.4, 3.9 y 5.3 del documento ECA-MC-P13-I01, Instructivo de Muestreo, Versión 06, se indica, respectivamente:
a) “Durante la evaluación documental, el Evaluador Líder o Evaluador en conjunto con el Experto Técnico, deben revisar los métodos de ensayo, métodos de calibración o procedimientos de inspección enlistados en el alcance de acreditación a fin de identificar las técnicas comunes, por ejemplo aquellas que son realizadas con un equipo en común o similar o ítems de inspección similares”.
b) “El responsable o responsables de evaluar la parte técnica, deben realizar el muestreo de las actividades técnicas que serán testificadas en las evaluaciones iniciales y de ampliación”.
c) “La respectiva Secretaría de Acreditación es la responsable de seleccionar las actividades a testificar durante las evaluaciones de seguimiento y revaluaciones. Además debe notificarlas al equipo evaluador antes de dichas evaluaciones, puede darse el caso que sea necesario repetir la testificación de alguna actividad de evaluaciones anteriores, debido a las no conformidades detectadas en la evaluación anterior”.
d) “La selección debe ser tal que, una vez finalizada la evaluación, el equipo evaluador debe ser capaz de formular una opinión sobre la competencia técnica del OEC para realizar los ensayos, calibraciones o inspecciones del alcance de acreditación, sin tener que testificar todas las actividades realizadas con un mismo equipo, técnica o procedimiento o inspección durante una evaluación; excepto cuando las actividades involucren técnicas diferentes”.
e) “La Secretaría de Acreditación de Organismos de Inspección elige la cantidad de inspectores a testificar en cada una de las evaluaciones, de acuerdo con la siguiente tabla”:
III. Entidad Mexicana de Acreditación, a. c. Mexico
En el numeral 5.3.4 del Reglamento General de Acreditación, RG001, Revisión 06, se indica:
“Para definir el número de días que durará la evaluación en sitio para atender las evaluaciones de Unidades de Verificación (Organismos de Inspección), dependerá del alcance a ser evaluado, del número de verificadores, del número de servicios realizados por la Unidad de Verificación (Organismo de Inspección) y de las actividades de testificación en caso de que se requiera”.
“Nota 5: Dentro de esta tabla se contempla las actividades de testificación de la evaluación en caso de requerirse”.
“Nota 6: Para conocer la cantidad de servicios a revisar por parte del grupo evaluador de EMA en las evaluaciones de vigilancia, renovación y revaluación consultar la instrucción de operación MP-TS026 vigente Muestreo en evaluación de UV”.
“Nota 7: Para el caso de ampliaciones de verificadores o alcance, los días evaluación dependerán de la cantidad de personal que desea ampliar”.
Conclusiones
Realizado el estudio bibliográfico, incorporando a este estudio las vivencias de los autores en la acreditación, ante el ONAC, del Organismo de Inspección de Geiico, y procurando el mejoramiento del Subsistema Nacional de la Calidad de Colombia, los autores plantean los que consideran son algunos lineamientos base, aceptados y aplicados por los organismos de acreditación, para estimar la duración de las testificaciones:
I. La duración de la testificación es directamente proporcional al alcance de la acreditación que el Organismo de Evaluación de la Conformidad, OEC, solicita al organismo de acreditación.
II. La duración de la testificación es directamente proporcional a la cantidad de inspectores con que cuenta el OEC.
III. Es práctica común realizar testificaciones por grupos de actividades similares definidas en el alcance y no para cada actividad definida en el alcance.
IV. Es práctica común realizar muestreo a los inspectores durante las testificaciones. Normalmente un mismo inspector es objeto de testificación sólo en una actividad del alcance.
V. En general los organismos de acreditación definen que se debe hacer muestreo a las actividades objeto de acreditación y a los inspectores. Incluso algunos organismos llegan a proponer tablas que recomienda una duración para las actividades de testificación en función de la cantidad de actividades a ser acreditadas y el número de inspectores.
Los autores esperan que este estudio apoye la construcción de criterios universales y objetivos para la determinación duración de las testificaciones en los Organismos Evaluadores de la Conformidad, OEC.
Bibliografía
I. Entidad Mexicana de Acreditación, a. c. Manual de Procedimientos. Designación de Grupo Evaluador. Procedimiento. MP-CP030-11. México
II. Entidad Costarricense de Acreditación. Instructivo de Muestreo. ECA-MC-P13-I01. Versión: 06. Costa Rica.
III. Entidad Costarricense de Acreditación. Ejecución de la Evaluación. ECA-MC-P13. Versión: 06. Costa Rica.
IV. Organismo Nacional de Acreditación. Reglamento General de Acreditación. RG-01. Revisión: 06. Paraguay.
V. Estatutos de la IAAC. IAAC AD 002/10. México
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Robert Antonio Vargas Galindo
Ingeniero Industrial de la Universidad de Santander. Candidato a MSc en Sistemas Integrados de Gestión y Responsabilidad Social, Universidad Internacional de La Rioja. Colaborador del Organismo de Inspección de Geiico.
robert.vargas@geiico.com.co
Juan Carlos Aristizábal Giraldo
Ingeniero Electricista y Especialista en Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica de la Universidad del Valle. Gerente de Geiico.
juan.aristizabal@geiico.com.co
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Medellín – Colombia
Abril de 2014
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